La aplicabilidad de la teoría de los actos propios en el derecho laboral peruano a la luz de la irrenunciabilidad de derechos
Ver/
Descargar
(application/pdf: 819.2Kb)
(application/pdf: 819.2Kb)
Fecha
2023Autor(es)
Quilca Molina, Martha Rocío
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En un nuevo contexto del trabajo subordinado es cada vez más frecuente que
la figura del trabajador deje de ser tan uniforme, tornándose en una categoría
flexible, tendiendo a que el nivel de autonomía de dicha parte vaya in
crescendo, circunstancia esta que acarrea el incremento paulatino de
situaciones en las que aquél celebra actos que recaen sobre derechos o
condiciones disponibles, esto es, sin que se trasgredan normas imperativas,
propiciando a menudo supuestos de ejercicio abusivo de derechos o
transgresiones a la buena fe contractual como consecuencia de adoptar
comportamientos que suelen defraudar las expectativas ya generadas. Sin
embargo, en la práctica jurisprudencial se ha venido aplicando habitual e
irrestrictamente el principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en
el numeral 2) del artículo 26° de la Constitución Política del Estado,
extendiendo sus efectos tuitivos en situaciones que como las descritas
previamente se encuentran excluidas de su ámbito de influencia. Es en ese
escenario que, sin desconocer la relevancia de la garantía aludida supra -la
cual hunde sus raíces en el principio protector que informa todo el cuerpo del
Derecho del Trabajo-, en el trabajo se propone el
enjuiciamiento de determinados supuestos desde el enfoque de la aplicación,
en esta rama jurídica, de la teoría de los actos propios concebida como una
de las manifestaciones del principio general de la buena fe que es transversal
a todo el Derecho. Es así que, en consonancia con ello, se intenta proponer al operador jurídico un nuevo enfoque en la
valoración de situaciones del tipo a las que se ha hecho alusión supra, de
modo tal que, que una vez superado el examen de irrenunciabilidad, aquellas
se analicen desde la teoría de los actos propios cuando así lo amerite. Por
esta razón es que se ha enunciado como problema principal la aplicabilidad
de la Teoría de los Actos Propios en el Derecho Laboral peruano
contextualizándolo dentro del campo de exclusión del principio de
irrenunciabilidad de derechos. Ante ello se destaca que como hallazgo se
encontró que la referida teoría, si es aplicable en el Derecho Laboral Peruano
en algunos supuestos de manera residual y restringida, sin colisionar con el
principio de irrenunciabilidad de derechos, en tal sentido, se propone un
método tentativo o prueba lógica para su debida aplicación.
Palabras clave
Coleccion(es)