El derecho fundamental no enumerado a la protesta. Contenido y límites desde el Estado Constitucional peruano

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2022Author(s)
Otoya Jimenez, Victor Alfonso
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Propone plantear un estudio jurídico constitucional del fenómeno de la protesta, a partir de su reconocimiento como derecho fundamental no enumerado. Para lograr dicho objetivo, se iniciará
enmarcando la protesta en el contexto social y jurídico en el que se desenvuelve, lo cual implica hacer referencia a los modelos de Estado que, a partir de la experiencia europea, han sido asumidos en el Perú. Además, será necesario también hacer alusión a la teoría general de los derechos fundamentales que ha adquirido mayor consenso en la doctrina constitucional y su aplicación referida a los derechos fundamentales no enumerados. Una vez hecha esta aproximación teórica, será pertinente adentrarnos en el
fenómeno mismo de la protesta, a partir de un doble enfoque. Por un lado, dando cuenta de su importancia en la sociedad peruana, es decir, cómo ha cumplido un rol muy importante para la lucha en defensa, promoción y cese de vulneración de derechos fundamentales, con algunos ejemplos del presente siglo que han demostrado la urgencia de delimitar con claridad su protección, más allá de si es reconocido o no como derecho fundamental. Y, por otro lado, desde su regulación y jurisprudencia en sede nacional, en donde quedará en evidencia no solo el escaso tratamiento sobre este fenómeno social en el Perú, sino la sistemática inobservancia de lo señalado por organismos de protección de derechos humanos como el sistema interamericano y universal de derechos humanos. A partir de allí, podremos fundamentar la necesidad del reconocimiento de un derecho fundamental a la protesta. Y es a ello a lo que abocará la tercera parte de la presente investigación: al derecho fundamental no enumerado a la protesta que se deriva del artículo 3 de la Constitución. Para ello, brindaremos las razones que justifican dicho reconocimiento y su contenido, desde una lógica analítica que nos permita contar con criterios objetivos para llegar a tal conclusión. En el desarrollo de este capítulo, asimismo, formularemos nuestra posición sobre el contenido de este auténtico derecho fundamental. Así, y sin ánimo de exhaustividad, podríamos mencionar en esta parte, el ejercicio de este derecho en estados de emergencia, el carácter político de las protestas o cómo se desenvuelve este derecho en escenarios disruptivos. De esta manera, la presente investigación no solo habrá fijado los alcances propios y exclusivos de este derecho fundamental en el Perú, sino que habrá
coadyuvado a justificar la necesidad de su reconocimiento en el Estado Constitucional, pero, eso sí, a través de una visión que pretende abordarlo de una manera integral.
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