Los límites de la iniciativa probatoria del órgano jurisdiccional conforme el artículo 385.2 del código procesal penal peruano 2004 (D.L. 957)

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2013Author(s)
Girao Isidro, Miguel Angel
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Busca establecer los límites -supuestos y forma de actuación-, dentro de los cuales se debe aplicar el artículo 385°.2 del Código Procesal Penal, para de ese modo aportar la confianza de la magistratura en la utilización de la prueba de oficio, por cuanto ésta institución responde a la necesidad de búsqueda de la verdad en el proceso penal, con el irrestricto respeto de las garantías del imputado.
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